Ejemplos: el funcionario que toma conocimiento de que el gobierno realizará determinadas obras públicas que valorizarán una zona determinada y compra esas tierras a bajo precio; el funcionario del ministerio de economía que ante el dato reservado de que se va a hacer una devaluación invierte la mayor parte de su capital en comprar dólares; el funcionario, que tomando conocimiento de que se va a cerrar la importación de determinado producto y acabar toda existencia del mismo, hace acopio del mismo; etc.
Acción:
Consiste en utilizar para sí o para un tercero, informaciones o datos de carácter reservado de los que haya tomado conocimiento en razón de su cargo.
Por "datos o informaciones" quedan comprendidos todo tipo de antecedentes, medidas, proyectos, etcétera. Los datos o informaciones deben ser "reservados"; es decir, que su conocimiento esté reservado sólo para ciertas personas y prohibido para los demás.
El solo hecho de ser funcionario y aprovechar el dato reservado, no basta, es necesario además que haya tomado conocimiento de él en razón de su cargo. O sea, que se le comunicó por el hecho de la función pública que realiza. Si lo conoció por una vía distinta a la de su cargo de funcionario, no entra en la figura.
Elemento subjetivo. Consumación:
El delito es doloso; el dolo consiste en conocer y querer utilizar la información, pero la figura además exige un elemento subjetivo específico: el fin de lucro.
La consumación se produce al utilizar el informe o datos con fines de lucro, sin importar que dicho fin se logre o no. Es admisible la tentativa de este delito.
Consiste en utilizar para sí o para un tercero, informaciones o datos de carácter reservado de los que haya tomado conocimiento en razón de su cargo.
Por "datos o informaciones" quedan comprendidos todo tipo de antecedentes, medidas, proyectos, etcétera. Los datos o informaciones deben ser "reservados"; es decir, que su conocimiento esté reservado sólo para ciertas personas y prohibido para los demás.
El solo hecho de ser funcionario y aprovechar el dato reservado, no basta, es necesario además que haya tomado conocimiento de él en razón de su cargo. O sea, que se le comunicó por el hecho de la función pública que realiza. Si lo conoció por una vía distinta a la de su cargo de funcionario, no entra en la figura.
Elemento subjetivo. Consumación:
El delito es doloso; el dolo consiste en conocer y querer utilizar la información, pero la figura además exige un elemento subjetivo específico: el fin de lucro.
La consumación se produce al utilizar el informe o datos con fines de lucro, sin importar que dicho fin se logre o no. Es admisible la tentativa de este delito.
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Esta entrada cuenta con material extraído de:
- GUÍA DE ESTUDIO PENAL - PARTE ESPECIAL - Autor TORRES NEUQUEN - (parte 3 DE 3), que incluye reformas al Código Penal de las leyes 25.930 y 26.087.
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