La acción consiste en arrojar cuerpos contundentes o proyectiles. El tren o tranvía debe estar en movimiento porque la ley dice “en marcha”. Es un delito doloso.
Se reprime el solo hecho de arrojar los proyectiles, no siendo necesario que se dé en el blanco. Es una figura de puro peligro y no admite la tentativa.
Es una figura subsidiaria, ya que se aplica “si el hecho no importare un delito más severamente penado” (ejemplo: art. 191).
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Esta entrada cuenta con material extraído de:
- GUÍA DE ESTUDIO PENAL - PARTE ESPECIAL - Autor TORRES NEUQUEN - (parte 2 DE 3), que incluye reformas al Código Penal de las leyes 25.930 y 26.087.
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