sábado, 20 de agosto de 2016

FUNCIONARIOS QUE PROMOVIERON O NO OFRECIERON RESISTENCIA A LA REBELIÓN O SEDICIÓN - 235

ARTICULO 235. - Los funcionarios públicos que hubieren promovido o ejecutado alguno de los delitos previstos en este Título, sufrirán además inhabilitación especial por un tiempo doble del de la condena.- Los funcionarios que no hubieren resistido una rebelión o sedición por todos los medios a su alcance, sufrirán inhabilitación especial de uno a seis años.- Auméntase al doble el máximo de la pena establecida para los delitos previstos en este Título, para los jefes y agentes de la fuerza pública que incurran en ellos usando u ostentando las armas y demás materiales ofensivos que se les hayan confiado en tal calidad.

Si el sujeto activo de alguno de los delitos previstos en este título es un funcionario público; además de la pena para el delito, se le impone la inhabilitación especial por doble tiempo al de la condena. Es una forma agravada por la calidad del sujeto activo.

El segundo párrafo contempla el caso de los funcionarios que, estando obligados a resistir una rebelión o una sedición, hayan omitido hacerlo, teniendo medios adecuados a su alcance. 


Debe consistir en una omisión de actuar, pues si hubiera complicidad del funcionario con los sediciosos, le será aplicable la pena correspondiente al delito cometido, más la inhabilitación especial del 1° párrafo del artículo. Si el funcionario no pudo resistir el alzamiento por falta de medios, no será punible.

En los casos previstos en el segundo párrafo, la pena aplicable será solamente la de inhabilitación especial de 1 a 6 años.

El tercer párrafo del artículo fue incluido por la ley 13.945, sobre tenencia y tráfico de armas y explosivos. Castiga a los jefes y agentes de la fuerza pública que toman parte del alzamiento armado usando u ostentando los instrumentos ofensivos que se les hayan confiado en virtud de su función pública. 

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Esta entrada cuenta con material extraído de: 

- GUÍA DE ESTUDIO PENAL - PARTE ESPECIAL  - Autor TORRES NEUQUEN - (parte 2 DE 3), que incluye reformas al Código Penal de las leyes 25.930 y 26.087.
 Para descargarla, toque AQUÍ 

Los textos están disponibles en formato PDF. Para poder visualizarlos es necesario tener instalado el programa ADOBE READER o similar. Puede descargar el programa siguiendo ESTE LINK 

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