El caso presupone una entrega voluntaria del menor al autor del delito, sea para que lo críe, lo eduque, lo cure, etc. Luego, el autor, abusando de la confianza que en él se ha depositado, oculta o hace desaparecer al menor, ya que cuando los padres, tutor, etc., le piden que entregue al niño, él no lo presenta ni da una razón satisfactoria de su paradero.
El menor debe ser solicitado al autor; es decir, se le debe pedir claramente su entrega. No comete el delito, el que no lo entrega pero da razones satisfactorias, como ser, que el menor se ha fugado, que ha muerto, etc.
Elemento subjetivo:
El delito es doloso: el autor debe obrar con el propósito de hacer desaparecer al menor que se le ha confiado. Se trata de un delito permanente y de omisión. Esto último determina que no admita tentativa.
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- GUÍA DE ESTUDIO PENAL - PARTE ESPECIAL (parte 1 DE 3), que incluye reformas al Código Penal de las leyes 25.930 y 26.087.
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